Aportaciones de socios

Las aportaciones de socios en las sociedades mercantiles como alternativa más económica al aumento de capital

Los socios de las sociedades de capital pueden realizar aportaciones a los fondos propios de las mismas sin que estas supongan un aumento de su capital social.

Esas aportaciones pueden tener como objeto compensar pérdidas y también dotar de liquidez el patrimonio social, en caso de no obtener financiación por otros conductos, siendo una alternativa más económica que acudir a una ampliación de capital.

Las aportaciones de los socios se formalizarán en Acta mediante acuerdo de la Junta General Extraordinaria de socios, y no requiere la inscripción en el Registro Mercantil.

Todos los socios tienen que aportar una cantidad proporcional al porcentaje que ostenten en el capital social para evitar interpretaciones por parte de la Agencia Tributaria, y se tendrán en cuenta en la desinversión. Deberán tener un carácter gratuito y no reintegrable. En caso contrario deberán contabilizarse como préstamo y contabilizarse en el pasivo de la compañía.

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